La Rectoría

La Rectoría es una forma organizativa de funcionamiento del ápice estratégico de dirección de la Universidad Metropolitana. Su mecanismo de funcionamiento se establece mediante las reuniones mensuales de las primeras autoridades, Rector, Vicerrectores y el Canciller o su delegado. En esas reuniones convocadas por el Rector se planifican las actividades del ápice estratégico de dirección para un mes, el seguimiento al cumplimiento de las actividades del mes anterior y la definición de los aspectos relevantes para elevar su tratamiento al Consejo de Regentes y/o el Consejo Académico Superior, así como la toma de decisiones que son de la competencia de las primeras autoridades ejecutivas.

El Canciller

El Canciller de la UMET es elegido por el Consejo de Regentes considerando el cumplimiento de los requisitos legales y estatutarios de acuerdo al informe que para el efecto elaborará el Secretario Ejecutivo de dicho Consejo. El Canciller es parte de la nómina de la Universidad con derecho a todas las prestaciones legales y sociales derivadas de la Ley Orgánica de Educación Superior y del Código del Trabajo.

Ing. Carlos Xavier Espinoza Cordero, PhD. Profesor Titular Principal.

Promotor de la Universidad Metropolitana. Presidente del Consejo de Regentes. Presidente de Honor del Comité Científico.

Página personal: https://carlosespinoza.ec/

Primeras autoridades ejecutivas

El Rector

Es la primera autoridad ejecutiva de la Universidad. Ejercerá la función de representante legal, judicial, extrajudicial de la UMET. Dirige las funciones académicas, investigativa, de vinculación y gestión administrativa. Es el presidente del Consejo Académico Superior y del Comité Científico. Desempeñará sus funciones a tiempo completo y permanecerá en el cargo cinco años, pudiendo ser reelegido consecutivamente o no por una sola vez. El Rector estará sujeto a la veeduría del Consejo de Regentes en todo lo relacionado al manejo de recursos institucionales. Sus funciones se describen en el Estatuto Institucional.

Ing. Alejandro Rafael Socorro Castro, PhD. Profesor Titular Principal.

Presidente del Consejo Académico Superior y del Comité Científico.

El Vicerrector Académico

El Vicerrector Académico tiene bajo su responsabilidad dirigir la gestión de las funciones sustantivas de docencia, investigación e innovación y vinculación con la sociedad. Desempeña sus funciones a tiempo completo y durará en el ejercicio de su cargo cinco años, pudiendo ser reelegido consecutivamente o no, por una sola vez. El Vicerrector Académico estará sujeto a la veeduría del Consejo de Regentes en todo lo relacionado al manejo de recursos institucionales y a la gestión académica. Sus funciones se describen en el Estatuto Institucional.

Ing. Norma Graciela Soria León, PhD. Profesora Titular Principal.

Directora Ejecutiva del Comité Científico.

El Vicerrector Administrativo

El Vicerrector Administrativo tiene bajo su responsabilidad el proceso habilitante de apoyo en el ámbito de la gestión administrativa y financiera institucional; desempeña sus funciones a tiempo completo; durará en el ejercicio de su cargo cinco años, pudiendo ser reelegido consecutivamente o no. Estará sujeto a la veeduría del Consejo de Regentes en todo lo relacionado al manejo de recursos institucionales y, en general, al ejercicio de sus funciones. Sus funciones se describen en el Estatuto Institucional.

Ing. Diego Abraham Cueva Gaibor, Mgs. Profesor Titular Agregado.

Miembro de la directiva del Comité Científico.

Integrantes del Rectorado

Secretario General Técnico

Profesional designado por el Consejo de Regentes y desempeñará sus funciones a tiempo completo. Actuará en calidad de secretario en las sesiones del Consejo Académico Superior en caso de que este Organismo no haya designado un Secretario del Consejo. El Secretario General Técnico en todos los casos legalizará con su firma las resoluciones del Consejo Académico Superior. Es el funcionario encargado de administrar, organizar, planificar, gestionar y controlar los procesos de documentación, registros académicos y archivo, así como tramitar actividades de certificación de actos administrativos que se generen en los procesos institucionales, de conformidad a las disposiciones reglamentarias, misión y objetivos institucionales.

Para el cumplimiento de sus atribuciones y responsabilidades se apoyará en el Sistema de Gestión Documental y Archivos (SGDA) certificación de actos del Consejo Académico Superior; certificaciones de graduados; y, registro de títulos. La integración y funciones de la Secretaría General Técnica de la Institución se señalan en el Estatuto. Las actividades que ejecuta estarán sujetas a la veeduría del Consejo de Regentes.

Ab. Augusto Andrés Cueva Gaibor, Mgs. Secretario General Técnico. Secretario del CAS y Director Ejecutivo del Consejo de Regentes.

Procurador Institucional

Profesional designado por el Consejo de Regentes debe ser un doctor en jurisprudencia o abogado titulado. El Procurador estará sujeto a la veeduría del Consejo de Regentes en todo lo relacionado al manejo de recursos institucionales. Podrán existir Subprocuradores de Sede, quienes serán designados por el Rector a pedido del Procurador Nacional y estarán sometidos a la autoridad de éste.

La Procuraduría General es el Organismo que tiene bajo su responsabilidad brindar asesoría legal no vinculante a las autoridades del proceso gobernante, unidades y autoridades académicas y administrativas. Debe patrocinar los procesos judiciales y contractuales que involucren a la Universidad.

Dr. Mauricio López Ochoa, Mgs. Procurador Nacional.

Comisión responsable de liderar la ejecución de los procesos de autoevaluación, de la coordinación institucional interna y externa con el Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CACES), así como del seguimiento de las políticas y planes para la mejora continua de la calidad. Deberán estar integrada, al menos, por representantes de autoridades, profesores, estudiantes regulares y personal administrativo. Los cuales deberán tener estabilidad en la institución, experiencia y formación en procesos de mejora continua, aseguramiento de la calidad, autoevaluación, evaluación externa o acreditación, del nivel institucional, sedes, unidades de formación técnico – tecnológicas, carreras y programas. El sustento en grupos específicos, funciones y atribuciones, funcionamiento y otros elementos de organización se regularán en el Reglamento General al Estatuto y la normativa interna de autoevaluación.

Comisión responsable de la planificación estratégica y operativa al nivel de la institución, su articulación entre las instancias académicas y de apoyo, su relación con el aseguramiento de la calidad y los planes de mejora, así como la realización del seguimiento y control según se establece en los instrumentos respectivos del PEDI y el POA.

Asesor del Rector

Profesional que brinda asistencia a la gestión académica y administrativa y en los procesos que sean viable involucrar para la implementación de procesos específicos, la innovación y el desarrollo institucional.

Asistente administrativo

Profesional que brinda soporte a la gestión administrativa, logística y de apoyo en la gestión de información, documentación y comunicación del Rector.